Tributación concreta del empleador

El empleador debe normalmente afiliarse a los seguros sociales siguientes. Las contribuciones de los empleadores se elevan en promedio a los valores siguientes de porcentaje sobre el salario de referencia:

Seguro edad (AHV) 4,20 %
Seguro invalidez (IV) 0,70 %
Substitución de ganancia (EO) 0,15 %
Seguro desempleo (AVIG) 1,50 %
Adicional familia 1,60 %
Seguro accidente 2,00 %
Precaución profesional (BVG) 6,00 %
Total 16,15 %

El empleado de su parte paga en principio también su contribución en algunos de esos seguros. El interlocutor para los órganos de seguro es normalmente el empleador.